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Home Sistema Político

«Realidad del Órgano Judicial en Bolivia» Gabriel Villalba Pérez

by Fizuras
1 año ago
in Sistema Político
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Órgano Judicial Bolivia | Foto de Tingey Injury Law Firm en Unsplash

Órgano Judicial Bolivia | Foto de Tingey Injury Law Firm en Unsplash

El 31 de diciembre de 2023 fenece el mandato de las altas autoridades del Órgano Judicial de nuestro país, un mandato otorgado por sufragio universal, por el lapso de 6 años, como dispone la Constitución Política del Estado (CPE) en su artículo 183, concordante con el artículo 200. La prórroga, o, mejor dicho, auto prórroga, emitida a través de la Declaración Constitucional 049/2023 del Tribunal Constitucional Plurinacional contraviene la normativa constitucional y se acerca mucho mas a la prohibición del artículo 122 de la propia CPE, mismo que estipula: “Son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley”. El 2 de enero de 2024, las y los Magistrados incurrirían en usurpación de funciones por lo que, en condiciones legales ideales, debieran ser capturados con una orden de aprehensión por la comisión de un delito flagrante y anunciado con antelación, que constituye no sólo apología del delito, sino, la comisión de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes (ídem Jeanine Añez). 

Más allá de lo estrictamente normativo y/o técnico constitucional, la Declaración Constitucional 049/2023 del Tribunal Constitucional Plurinacional es totalmente anti-ética. Magistrados que se constituyen, ellos mismos, como juez y parte de su propia prórroga; cuando esta situación ni siquiera les fue consultada o puesta a su consideración. Magistrados oficiosos y diligentes justo cuando faltan pocos días para que fenezca su mandato. Magistrados que al parecer miden mucho mejor que los propios políticos los tiempos políticos. Magistrados que al parecer tienen el total respaldo del Órgano Ejecutivo como se evidencia a través de las múltiples declaraciones públicas brindadas por el Ministro de Justicia y replicadas por sus voceros en el Órgano Legislativo.

Sin embargo, la situación de auto prórroga de los Magistrados es sólo una pequeña muestra de un Órgano Judicial totalmente corrompido y muy alejado de la búsqueda del valor supremo: Justicia. Un Órgano de características quiméricas enmarcadas en la compra y venta de las determinaciones judiciales. Donde prima la lógica mercantil del dejar hacer – dejar pasar, siempre y cuando actúe la mano, no tan invisible, de las dadivas económicas. La justicia en Bolivia esta basada en un sistema plutocrático. Tienen la certeza de conseguir fallos a su favor quienes, en este sistema plutocrático, ostenten dinero, quienes no, deben acostumbrase a las injusticias y el olvido de sus más fundamentales derechos por parte de este Órgano Judicial degenerado.

El sistema judicial plutócrata de Bolivia nace del sistema pigmetocrativo de estratificación social concebido desde la fundación de la República; no por nada, en nuestra Acta de la Independencia, no figura ni un solo apellido indígena, ni el nombre de ninguna mujer. A pesar de haber logrado nuestra independencia gracias a la gran General Juana Azurduy de Padilla y a las múltiples republiquetas de indígenas quechuas, aymaras y guaraníes, quienes desde tierras altas y tierras bajas ofrendaron sus vidas para librarnos del yugo imperial español. Bolivia nace a la vida independiente republicana negando a las grandes mayorías nacionales, esta negación es formalizada por los denominados “Doctorcitos de Charcas”, quienes eran jurisconsultos de la Real Audiencia de Charcas (hoy Sucre). Estos jurisconsultos aristócratas construyeron un sistema judicial pensado como “Poder judicial” para blindar sus privilegios de casta en una naciente Bolivia altamente racista clasificada socialmente por la blanquitud de la piel como capital cultural predominante para el ejercico del poder en todos sus niveles: ejecutivo, legislativo, militar, policial, judicial, económico, comercial, político, etc. 

Ante esta realidad popularmente conocida del sistema judicial en nuestro país, la solución no son reformas; se deben pensar transformaciones estructurales que no pasan por parches; se debe pensar, o al menos soñar, en una verdadera Revolución de la Justicia. Situación muy difícil de lograr mientras la sociedad política esté desconectada – apartada de la sociedad civil, tratando de buscar soluciones en teorías rimbombantes sin consultar – comunicar(se) con el verdadero pueblo que sufre las maquinaciones de un sistema judicial que vive y sobrevive de la explotación económica de los litigantes y la esperanza de la gente por “conseguir justicia”. 

Esta revolución en el sistema judicial debe partir desde la formación profesional que se brinda a los estudiantes de Derecho. La filosofía del Derecho debe enmarcarse en la búsqueda de la Justicia Social y la generación de igualdad de oportunidades, no simplemente la lógica draconiana de “Vigilar y Castigar”. En esa Revolución los operadores de justicia son imprescindibles, su formación, calificación y actualización permanente garantiza una cercanía a la realidad social cotidiana de los litigantes y sus principales problemas. La carga procesal que genera a la vez mora en los procesos puede solucionarse con una diferenciación procedimental. Actualmente un delito de hurto se trata con el mismo procedimiento penal que un infanticidio o feminicidio. Muchas legislaciones ya han incorporado un tratamiento procesal diferenciando entre faltas y contravenciones de delitos comunes, incluso diferenciado un procedimiento especial para delitos graves y de amplia trascendencia social.

Al menos por los últimos 50 años en Bolivia quienes guiaron el destino de la Justicia en nuestro país fueron los herederos de la mentalidad de los “Doctorcitos de Charcas”, aristócratas omnipotentes que se pensaron a sí mismos como “Poder” (Poder Judicial), como una isla independiente y todopoderosa ante litigantes, gobiernos y otros Órganos del Estado. Esa lógica debe erradicarse entendiendo la sociedad como una totalidad aglutinante de sus diferentes y diversos fragmentos que deben funcionar en perfecta sincronía, preponderando el beneficio colectivo.  

*La Revista Fizuras no adopta posiciones colectivas. Las publicaciones sólo representan las opiniones de sus autores individuales.

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Gabriel Villalba

Gabriel Villalba Pérez

Abogado titulado de la Universidad Mayor de San Andrés, magister en gestión de la Comunicación y Comunicación Estratégica, especializado en Geopolítica e Integración Regional por la Unidad de Posgrado de la UNAM, analista político y autor de los libros: “¿Qué es Diplomacia de los Pueblos?” y “Comunicación Política desde el Sur”.

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